Las causales de divorcio están definidas en el articulo 154 de Código Civil de Colombia:
Se dividen en 2 subjetivas y objetivas:
Objetivas:
- Infidelidad: una de las causales más comunes de divorcio.
- Incumplimiento de deberes: por ejemplo, no apoyar económicamente a la familia o no cuidar de los hijos.
- Ultrajes: maltrato físico o psicológico.
- Embriaguez habitual: cuando el consumo de alcohol afecta la vida diaria de la persona.
- Drogadicción: cuando el consumo de drogas afecta la vida diaria de la persona.
- Corrupción: cuando uno de los cónyuges intenta corromper a los hijos u otras personas.
Subjetivas:
- Enfermedad grave: cuando la enfermedad de uno de los cónyuges pone en peligro la salud del otro.
- Separación de cuerpos: cuando los cónyuges viven separados durante más de dos años.
- Consentimiento mutuo: cuando ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse.
Requisitos para divorciarse:
El divorcio puede hacerse por mutuo acuerdo o puede ser contencioso
Los requisitos para el divorcio por mutuo acuerdo son los siguientes:
- Los cónyuges deben ser mayores de edad.
- Los cónyuges deben haber estado casados por un mínimo de un año.
- Los cónyuges deben presentar un acuerdo de divorcio ante un notario público.
El acuerdo de divorcio debe contener los siguientes elementos:
- La voluntad de los cónyuges de divorciarse.
- La forma en que se distribuirán los bienes comunes.
- La forma en que se ejercerá la patria potestad sobre los hijos menores de edad.
Divorcio contencioso
Los requisitos son los siguientes:
- Los cónyuges deben ser mayores de edad.
- Los cónyuges deben haber estado casados por un mínimo de un año.
- Uno de los cónyuges debe presentar una demanda de divorcio ante un juez de familia.
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