Matrimonio en la Ley Colombiana
El matrimonio es un contrato que formaliza la unión de dos personas, quienes acuerdan compartir sus vidas en adelante. Esta unión se consolida a través de un compromiso legalmente vinculante. En contraste con la unión marital de hecho, el matrimonio se establece de manera explícita y legal mediante un acto formal de celebración.
Unión Marital de Hecho en la Ley Colombiana
La Unión Marital de Hecho (UMH) no requiere de un contrato formal de matrimonio. En cambio, se origina a través de la convivencia sostenida y la manifestación de la voluntad de vivir como una unidad en la vida cotidiana. La UMH se caracteriza por su naturaleza más flexible y su enfoque en la realidad de la convivencia como prueba de la relación de pareja.
La Conste Constitucional se ha pronunciado a lo largo de los años sobre este tema, siendo la sentencia C-117 de 2021 una de las mas recientes y en la que se extendió los efectos de (UMH) a parejas del mismo sexo.
las principales caracteristicas de cada una son:
Matrimonio | Unión Marital de Hecho | |
Inicia | A partir de la firma del contrato de matrimonio. | Desde el primer día de convivencia. |
Ante quien se realiza | Juzgado Civil Municipal, Notaría, o autoridad religiosa. Es decir que este puede ser civil o religioso. | Notaría, Centro de Conciliación o Juzgado de Familia del Circuito. Sólo puede ser civil. |
Nombre que reciben sus integrantes | Cónyuges, esposos o esposas. | Compañeros o compañeras permanentes. |
Medios de prueba | Con el registro civil de matrimonio | Por vía judicial probando la convivencia, con la declaración de la UMH. En caso de salud y pensiones se puede probar con testimonios, o declaraciones extrajudiciales. |
Efectos patrimoniales | Desde el momento de la celebración del matrimonio. | Se presumen luego de 2 años de convivencia. |
Reconocimiento internacional | En general, el matrimonio es reconocido en el exterior. | Su reconocimiento se limita a Colombia y su reconocimiento en el extranjero depende de que sea parecido a alguna figura de la legislación de ese país. |
Prevalencia | El matrimonio prevalece sobre la UMH y en caso de existir una unión previa con el matrimonio ésta se da por terminada. | Aunque la UMH no puede existir simultáneamente con el matrimonio. No puede existir la sociedad patrimonial entre los compañeros o compañeras permanentes, si no se ha liquidado la sociedad conyugal. |
Acciones judiciales | Las acciones de divorcio o separación de bienes (liquidación de la sociedad conyugal) Se pueden iniciar en cualquier tiempo, así la pareja ya no conviva junta. | Existe el término de 1 año contado a partir de la separación física y definitiva de los compañeros, del matrimonio con terceros o de la muerte de uno o de ambos compañeros, para adelantar las acciones para reclamar la separación de bienes (liquidación de sociedad patrimonial). |
En resumen, tanto el matrimonio como la Unión Marital de Hecho son dos figuras legales en Colombia que reconocen y protegen el carácter de familia en parejas que, de otro modo, no tendrían vínculos formales. El matrimonio se establece mediante un contrato formal, mientras que la UMH se basa en la convivencia y la expresión de la voluntad de construir una vida en común en la vida diaria.
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