Tras una separación de pareja, aunque sea solo de cuerpos, es crucial determinar la responsabilidad de los padres frente a sus hijos, lo que implica el pago de una cuota alimentaria mensual para cubrir todas las necesidades esenciales de sus hijos. Sin embargo, es común que algunos padres evadan esta responsabilidad, generando tensiones y dificultades para el bienestar de los menores. En este articulo exploraremos en detalle el proceso para establecer la cuota alimentaria, qué instituciones intervienen en su determinación y las consecuencias legales del incumplimiento.
- Establecimiento de la cuota alimentaria:
El proceso para establecer la cuota alimentaria se puede realizar mediante el diálogo entre los padres o acudiendo a un juzgado de familia. En el primer caso, se puede llegar a un acuerdo legal en una Defensoría o Comisaría de familia, de no haber una en donde usted vive puede hacerlo acercandose a la Defensoria del pueblo o un centro de conciliación en la casa de justicia del lugar donde usted resida. Si se opta por presentar una demanda, se debe acudir al juzgado de familia o un juez civil, proporcionando pruebas de ingresos, gastos y necesidades de los hijos. El ICBF tiene puntos de atención para estos casos por todo el país dando click AQUI - Que incluye la cuota alimentaria? Es incorrecto pensar que la couta alimetaria se limita solo a la comida. Esta cuota debe atender todas las necesidades del alimentante, por ello incluye la vivienda, ropa, educación, atención medica y recreación.
- Evaluación de factores relevantes:
Para determinar el monto de la cuota alimentaria, el juez evaluará los gastos reales del menor y los ingresos del padre y la madre (capacidad del alimentante y necesidad del alimentado). También se considerarán otros factores como el sueldo, patrimonio y estilo de vida. Aunque no existe un monto mínimo establecido por ley, se busca que la cuota sea justa y no orientada al enriquecimiento de quien tiene la custodia. - Los alimentos se dividen en congruos y necesarios: Los congruos son lo que le permiten al alimentado subsistir según su posición social. Los necesarios son los básicos que determina la ley.
- Quien puede solicitar la fijación de cuota alimentaria? Los padres, los representantes legales, el guardador o persona a cargo del menor y la mujer en embarazo.
- Duración y ajuste de la cuota:
La cuota alimentaria deberá ajustarse anualmente, a partir del 1 de enero, utilizando el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Generalmente, se establece que la obligación de pago se mantendrá hasta los 25 años de edad, a menos que se demuestre que el hijo puede mantenerse por sí solo. La razón por la que se extiende despues de los 18 años se da principalmente por los estudios que pueda estar realizando el alimentado. Es asi como vemos que en caso de la seguridad social que brindan los padres a sus hijos como beneficiarios se extiende también hasta esta edad. - Que pasa si el alimentante dice no tener trabajo. Padre o madre sobre quien recaiga la fijación de cuota alimentaria debe entender que segun la ley el valor de la cuota se fijara en razón a un salario mínimo mensual vigente, asumiendo que aun sin trabajo el alimentante debe asumir este pago, sobreponiendo de esta manera los derechos del alimentado.
- Consecuencias legales del incumplimiento:
El incumplimiento de la cuota alimentaria puede tener graves consecuencias legales. En caso de que uno de los padres no cumpla con su obligación, se pueden tomar acciones legales como una demanda ejecutiva de alimentos, que permite embargar bienes y hasta el 50% del salario. También es posible presentar una denuncia penal por inasistencia alimentaria, un delito que puede llevar a una condena de prisión y multa.
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